A lo largo de la Edad Media, se restauró la monarquía (hereditaria o electiva) al
imponerse los bárbaros como aristocracia gobernante en Europa. Poco a poco, la
costumbre de algunos pueblos bárbaros de elegir a sus reyes, desapareció. Se impuso la
teoría de que la soberanía política deriva de Dios y se adquiere por herencia, lo mismo
que la propiedad de la tierra, o el dominio sobre las personas subordinadas (vasallos).
Esto es coherente con una visión teocrática del mundo: si el rey ha de ser el mejor entre
los nobles (entre los guerreros), quién mejor que Dios (el rey supremo, y el más sabio)
para elegirlo. Y el modo en que Dios lo elige –o al menos el más aceptable y seguro
para evitar guerras sucesorias– es dando un hijo varón (y a ser posible fuerte, hábil e
inteligente) al actual rey. Los problemas surgían cuando un rey no engendraba un hijo,
caso que solía acabar en una guerra en la que el jefe de los vencedores reclamaría que
Dios estaba de su parte, e instauraría una nueva dinastía).
Sin embargo, hubo en la Edada Media un contexto de poder muy significativo en que la
herencia no podía funcionar: la Iglesia. Ni el sucesor de San Pedro (el Papa) ni los
cargos inferiores de la jerarquía eclesiástica podían, de acuerdo con el derecho
canónico, dejar en herencia sus sillas (otra cosa es lo que sucediese a veces en la
práctica). Muchos cargos eran nombrados por la jerarquía superior, o directamente por
el Papa, pero el Papa mismo había de ser nombrado de otro modo, al carecer de superior
jerárquico en la tierra. Como sabemos el Papa se elige mediante una votación. De
hecho, no era el único caso. Diversos cargos eran elegidos mediante votación por un
colegio previamente establecido. Por ejemplo, los abades y abadesas de ciertas órdenes,
por todos los monjes miembros de la comunidad respectiva.
Naturalmente, nadie pretendía que estas elecciones significasen que el colegio electoral
tenía la soberanía. Muy al contrario, el colegio electoral simplemente cumple una
función instrumental para designar pacíficamente a quien ha de gobernar (la comunidad
conventual o la Iglesia en su conjunto). Esa función se ejerce mediante el voto, y la
designación es por mayoría de votos. Pero una vez cumplida esa misión, el gobernante,
sobre todo en el caso del Papa, es el único soberano, y ese colegio electoral ya no tiene
más misión que obedecer, hasta que vuelva a darse un vacío de poder.
https://www.primercapitulo.com/pdf/2016/1282-los-origenes-sociales-de-la-dictadura-y-de-la-democracia.pdf
https://www.primercapitulo.com/pdf/2016/1282-los-origenes-sociales-de-la-dictadura-y-de-la-democracia.pdf
La democracia moderna
La democracia moderna aparece dentro de los estados modernos. Una de las características más distintivas de estos es la existencia de una estructura institucional y administrativa pública (el Estado) que se entiende como una realidad diferenciada del agregado de individuos privados (la sociedad). Esta distinción no tenía lugar en la antigüedad. Al hablar de la democracia griega, dijimos que era un sistema de gobierno que se daba en la polis, evitando utilizar la traducción habitual de este término como “ciudad-estado”. Como bien señala Sartori, la traducción correcta seria “ciudadcomunidad” porque si algo era la polis es precisamente una ciudad sin estado. El propio término “Estado” en su sentido moderno (con anterioridad designaba una situación o una condición cualquiera) no aparece hasta Maquiavelo, y su uso aún tarda en extenderse (no aparece, por ejemplo, en la Enciclopedia francesa). La democracia griega era una democracia sin estado y una política sin políticos. Desde el siglo XIX, el concepto de democracia se ha impuesto referido a las relaciones entre estado y sociedad. Se define como una forma de gobierno en que el poder político del Estado, la soberanía, pertenece por derecho a todo el pueblo, entendido como el conjunto (casi) universal de ciudadanos, sin exclusiones por razones de sexo o clase social, y no a un grupo específico y limitado del mismo. Su finalidad última es que los ciudadanos controlen, intervengan y definan objetivos en relación con ese poder político. Se entiende que el gobierno debe reflejar y expresar la voluntad del pueblo, interpretando de este modo las nociones tradicionales de soberanía popular y gobierno popular.
La democracia moderna aparece dentro de los estados modernos. Una de las características más distintivas de estos es la existencia de una estructura institucional y administrativa pública (el Estado) que se entiende como una realidad diferenciada del agregado de individuos privados (la sociedad). Esta distinción no tenía lugar en la antigüedad. Al hablar de la democracia griega, dijimos que era un sistema de gobierno que se daba en la polis, evitando utilizar la traducción habitual de este término como “ciudad-estado”. Como bien señala Sartori, la traducción correcta seria “ciudadcomunidad” porque si algo era la polis es precisamente una ciudad sin estado. El propio término “Estado” en su sentido moderno (con anterioridad designaba una situación o una condición cualquiera) no aparece hasta Maquiavelo, y su uso aún tarda en extenderse (no aparece, por ejemplo, en la Enciclopedia francesa). La democracia griega era una democracia sin estado y una política sin políticos. Desde el siglo XIX, el concepto de democracia se ha impuesto referido a las relaciones entre estado y sociedad. Se define como una forma de gobierno en que el poder político del Estado, la soberanía, pertenece por derecho a todo el pueblo, entendido como el conjunto (casi) universal de ciudadanos, sin exclusiones por razones de sexo o clase social, y no a un grupo específico y limitado del mismo. Su finalidad última es que los ciudadanos controlen, intervengan y definan objetivos en relación con ese poder político. Se entiende que el gobierno debe reflejar y expresar la voluntad del pueblo, interpretando de este modo las nociones tradicionales de soberanía popular y gobierno popular.
El origen de la democracia moderna se sitúa en un periodo de tiempo relativamente
corto, entre mediados del XVII y principios del XIX, con la Revolución Inglesa, la
declaración de independencia de los EEUU y la Revolución Francesa. Durante ese
periodo, se configuran dos ideas paralelas: la idea de que un poder legítimo no puede
fundarse ni operar sin incorporar la voluntad popular; y la idea de que el poder legítimo
en ningún caso es absoluto: tiene como límite los derechos de los ciudadanos.
Desde el siglo XI, los reinos empiezan a articularse mediante organismos de
representación estamental. Sin embargo, cuando en el Renacimiento empiezan a
configurarse los estados modernos, lo hacen en torno a monarcas, cuyo poder político
cada vez es mayor al tiempo que disminuye el poder de la nobleza. Con el tiempo, esto
llevo a la aparición en muchos países de Europa de monarquías absolutas. Casi siempre
sobrevivían los organismos de representación (parlamentos, cortes, etc.) pero era una
supervivencia puramente teórica. Un Buen ejemplo está en Francia. Luis XIII disolvió
los Estados generales en 1614 y no volvieron a reunirse hasta que Luis XVI los convocó
en 1789. Una institución que no se ha reunido en 175 años, sencillamente, lleva 175
años sin existir.
Sin embargo, hubo una importante excepción. La monarquía inglesa no pudo dominar a
la nobleza y siempre se vio obligada a contar con los nobles y los caballeros convocados
en Consejo. En 1215, consiguieron que el rey Juan firmara la Carta Magna que
establecía algunas cosas muy importantes. Obligaba a los monarcas a convocar a la
nobleza y al clero y establecía que no podían imponerse impuestos sin consentimiento
del consejo. Este Gran Consejo evolucionó hasta convertirse en el Parlamento. No
debemos pensar que los monarcas ingleses estuvieran encantados con el arreglo. Casi
desde el principio, intentaron por todos los medios a su alcance, ignorar al Parlamento
en la medida de lo posible. Pero la nobleza inglesa no parecía dispuesta a dejarse ganar
por la mano y en 1258, un grupo de nobles encabezado por Simón de Montford obligó a
Enrique III a jurar un documento denominado Oxford Provisions. Esta carta otorgaba el
poder a un consejo de quince miembros y obligaba a convocar al Parlamento tres veces
al año. La supervisión de la labor del consejo se dejaba en manos del Parlamento. Esto
suponía que, por primera vez, el rey reconocía los derechos y poderes del Parlamento.
http://revistas.unam.mx/index.php/rep/article/view/60131
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